Durante la sesión extraordinaria de la Junta Municipal el concejal Julio Ullón Brizuela propuso que a la solicitud de Declaración de Emergencia por los constantes incendios en Asunción, presentado por la Dirección General de Gestión y Reducción de Riesgos de Desastres, se añada al articulo 2 del dictamen la obligatoriedad de la emisión de informes quincenales sobre la gestión de la Intendencia mientras dure la declaración de emergencia y un informe final sobre la gestión en un plazo no mayor a 15 días luego de terminada la situación de emergencia.
El concejal Ullón explicó que su moción es en atención a la falta de información y la violación al artículo 2 de la Ley N° 2615 que crea la Secretaría Nacional de Emergencia, durante la pandemia del covid-19 y la epidemia del dengue. En la ocasión he votado por la transparencia.
Asimismo, solicitó que vuelva a las comisiones el dictamen relacionado con el Mensaje N° 777/20 S.G., a través del cual la Intendencia Municipal remite, para estudio y homologación, las Resoluciones N° 859/2020 I. y Nº 873/2020 I., referentes a la autorización correspondiente para la Unidad Operativa de Contrataciones N° 3, para proseguir con los trámites pertinentes para la ampliación del contrato principal, en cuanto al monto y plazo de la obra, suscrito con la empresa adjudicada con la Licitación Pública Nacional para las obras de “Pavimento hidráulico en varios sectores de la Ciudad de Asunción”; debido a que no reúne los requisitos del artículo 72 y no puede ser considerado de interés público debido a que el interés público debe ser la realización de un nuevo llamado a licitación para la mejora de los costos.
Por otra parte, ante el dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, con relación al memorándum de la Intendencia Municipal que remite el dictamen técnico en relación a la oferta recibida de varias instituciones financieras para la operación de financiamiento temporal de caja, autorizada por la Ordenanza N° 304/2020, el concejal Ullón explicó que no existe en el Presupuesto 2020 previsión presupuestaria para honrar el préstamo así como establece la Carta Orgánica Municipal y yendo al presupuesto del 2021, señaló que la Intendencia remitió un presupuesto donde solamente está previsionando 264.000 millones de guaraníes para el pago del servicio de la deuda.
“Es decir, en base a la información que la propia Intendencia remitió a la Junta Municipal, clara y enfáticamente está declarando que solamente cuenta con ese monto para pagar todo el servicio de la deuda de la Municipalidad para el ejercicio 2021, violando el artículo 196 donde se establece claramente que los límites del endeudamiento estarán determinados por la capacidad institucional de pago y las previsiones de su presupuesto”, manifestó.