Archivo de categoría Junta Municipal de Asunción

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Sesión extraordinaria de la Junta Municipal – 17 de diciembre

Durante la Sesión Extraordinaria de la Junta Municipal, el concejal Julio Ullón Brizuela solicitó el tratamiento sobre tablas y aprobación con carácter resolutivo del mensaje por el cual se remite la adenda al Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación para la Contratación de Seguros para el Instituto Municipal de Arte y la Flota de Camiones de la Dirección de Servicios Urbanos debido a la modificación del calendario de eventos publicado en Contrataciones Públicas.

El concejal Ullón también solicitó el tratamiento sobre tablas y aprobación con carácter resolutivo de cuatro minutas del concejal Orlando Fiorotto relacionados con pedidos de informe a la Intendencia, así como la solicitud al ejecutivo municipal del complimiento del convenio entre la Municipalidad y el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones con respecto las obras de compensaciones pendientes por la construcción de los viaductos de la avenida Primer Presidente; así como la fiscalización de las precarias obras desarrolladas por las empresas contratistas de los viaductos del Jardín Botánico y Zoológico – Primer Presidente, en atención a que las empresas adjudicadas subcontratan a otras para algunas obras menores y las mismas son realizadas muy precariamente; y en otro orden, la solicitud de Declaración de Interés Municipal a la Serenata Navideña que será ofrecida por las cantantes Mirta Noemí Talavera y Andrea Valobra, a favor del personal de salud del INERAM, que se realizará el viernes 18 de diciembre a las 10:00 horas, y será transmitido por Facebook Live.

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Sesión extraordinaria de la Junta Municipal – 10 de diciembre

Durante la sesión de la Junta Municipal de Asunción y en coincidencia del 72° aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el concejal Julio Ullón Brizuela solicitó que en el Manifiesto de Compromiso con la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos de la Junta Municipal se recuerde la violación de los derechos de las personas secuestradas por el autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP).

“El secuestro constituye una violación de los derechos humanos que atenta contra la libertad, integridad y la tranquilidad de las familias víctimas de este delito que viola los artículos 1,3,5 y 9 de la Declaración de los Derechos Humanos adoptada y proclamada por la Asamblea de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 que rige actualmente”.

Concejal Julio Ullón durante la sesión extraordinaria de la Junta Municipal.

También se abordaron 12 mensajes recibidos de parte de la Intendencia, 4 notas recibidas, 16 asuntos dictaminados de las distintas Comisiones de la Junta Municipal y 48 minutas ciudadanas presentadas.

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Sesión extraordinaria de la Junta Municipal – 03 de diciembre

Durante la sesión extraordinaria de la Junta Municipal de Asunción se abordaron 19 mensajes recibidos relacionados con expedientes, notas y convenios enviados por la Intendencia Municipal.

Asimismo, se trataron 7 notas de los concejales y solicitudes de informes por parte ciudadanos asuncenos.

Por otra parte, se estudiaron 29 asuntos dictaminados remitidos por las diversas comisiones asesoras de la Junta Municipal, sobre informes, solicitudes, proyectos de ordenanzas y otros asuntos.

También se trató un total de 74 minutas ciudadanas relacionadas con reclamos, solicitudes y otros asuntos de vecinos de los distintos barrios de Asunción.

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Sesión extraordinaria de la Junta Municipal – 26 de noviembre

Durante la sesión extraordinaria de la Junta Municipal de Asunción, el concejal municipal Julio Ullón Brizuela solicitó el tratamiento sobre tablas y aprobación con carácter resolutivo del mensaje relacionado con la modificación en el calendario de eventos de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.

Por otra parte, al abordar el Dictamen sobre la ampliación contractual con la empresa adjudicada para las obras “Pavimento hidráulico en varios sectores de la Ciudad de Asunción”, mediante la suscripción de un Convenio Modificatorio, el concejal Ullón solicitó la inclusión de un Dictamen B por el que se rechaza su homologación atendiendo que a que no se trata de una ampliación sino una adjudicación directa fuera del marco legal.

En ese sentido, el concejal Ullón expuso el Artículo 62 de la Ley de Contrataciones Públicas que explica que “en el caso de que fuere necesario ampliar, modificar o complementar una obra determinada debido a causas imprevistas o técnicas presentadas durante su ejecución, la contratante podrá celebrar con el mismo contratista sin licitación pero con el informe previo favorable de la auditoría general correspondiente en los convenios modificatorios que requiera la atención de los cambios antedichos, siempre que se mantengan los precios unitarios del contrato original reajustados a las fechas de celebración del respectivo convenio y para los casos en que los trabajos complementarios no se hayan previsto en el contrato original, esto se han acordado entre las partes, previa firma del convenio, solo podrán celebrarse convenios modificatorios en la medida que no excedan del 20% del monto y plazo originalmente pactados y que no tengan por objeto otorgar al contratista condiciones más favorables con respecto a las señaladas originalmente en las bases de condiciones y en el contrato”.

Ullón explicó que tras analizar esto, se ve que este pedido de ampliación contractual incluye tres tramos nuevos que no están incluidos en el pliego bases y condiciones y no pueden bajo ningún sentido pueden considerarse como complemento a la obra inicialmente adjudicada.

“La interpretación plasmada por la Unidad Operativa de Contrataciones de la Intendencia se aparta sustancialmente del espíritu y la naturaleza de las disposiciones convenidas en el Artículo 62 que hemos transcripto en el dictamen B”, aseguró Ullón.

Por otro lado, el concejal Ullón señaló que el mensaje de la Intendencia habla sobre interés público, entonces en lo que respecta al fundamento invocado por el Ejecutivo Municipal sobre las facultades de modificación unilateral del contrato conferido al contratante, en la que las contratantes gozan como derecho el modificar unilateralmente el contrato por razones de interés público sin perjuicio de las indemnizaciones si hubiera en ellos.

“Este argumento no requiere ningún debate ni análisis para demostrar la inaplicabilidad del mismo a los casos objeto de estudio ya que el hecho de que se recurra a una licitación pública para la contratación de estos trabajos bajo ningún concepto violenta o perjudica al interés público, más aun considerando que las calles a ser intervenidas se encuentran habilitadas y utilizándose normalmente sin restricción alguna, en consecuencia no estamos ante una situación de urgencia o de riesgo y causar un perjuicio al interés público por tanto no existen motivos para aguardar a cumplir con el proceso licitatorio”, refutó.

“Lo que sí podría perjuicioso para el interés público es que la autoridad comunal no cumpla con su obligación legal de hacer un llamado de licitación abierto y transparente donde se permita la posibilidad de la libre competencia a fin de obtener las mejores condiciones en cuanto al costo de las obras ya que con ello se estaría garantizando a la ciudadanía asuncena la correcta utilización de los recursos financieros de la Municipalidad”, añadió.

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Sesión extraordinaria de la Junta Municipal – 20 de noviembre

Durante la sesión extraordinaria de la Junta Municipal, el concejal Julio Ullón Brizuela solicitó el tratamiento sobre tablas y aprobación con carácter resolutivo del mensaje por el que la Intendencia Municipal remite el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación para la Contratación de seguros para el edificio del Instituto Municipal de Arte y la Flota de Camiones para la Dirección de Servicios Urbanos, debido a una modificación en el calendario de eventos de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.

También solicitó que al dictamen A sobre la solicitud de una nueva Declaración de Emergencia Ambiental y Sanitaria por la pandemia del Coronavirus (COVID-19), cuyo Artículo N° 5 indica que “todos los bienes y servicios a ser adquiridos y contratados en el marco de la emergencia declarada deberá estar planificada y consensuada con la Secretaría de Emergencia Nacional”. Se remite el dictamen de referencia” se agregue la conformidad con el Artículo N° 22 de la Ley 2.615 que crea la Secretaría de Emergencia Nacional. En la ocasión el concejal Ullón se abstuvo de votar sobre el dictamen.

Por otra parte, ante el dictamen relacionado con el mensaje remitido por la Intendencia Municipal para la aprobación del Proyecto de Ingresos, Gastos e Inversiones y el Clasificador Presupuestario de la Municipalidad de Asunción correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021, el concejal Ullón explicó que una grave deficiencia que tiene la presentación del dictamen es que no acompaña el anexo del personal al proyecto de presupuesto de 2021.

“El mensaje de la Intendencia acompañaba el anexo de personal y el que se aprobaría la fecha no contaba con esa documentación, que conforme al artículo 178 de la Ley Orgánica Municipal, en donde se establece claramente que se utilizará la Ley de Administración Financiera y las leyes anuales de presupuesto como marco regulatorio para todo lo relacionado como administración financiera y presupuesto municipal, por tanto se está violando dichas normativas al no acompañar el anexo del personal a este dictamen”, señaló.

Agregó que tampoco está incluido el clasificador presupuestario que debería estar como otro de los anexos de la Ley de Presupuesto. “Hay acá graves problemas de presentación de esta Ordenanza de Presupuesto Municipal y nosotros como órgano contralor deberíamos tener acceso a ese anexo de personal y estamos en el último día, por lo que no deberíamos aprobar el presupuesto de esta manera”, manifestó.

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Sesión extraordinaria de la Junta Municipal 12 de noviembre

Durante la sesión extraordinaria de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, el concejal Julio Ullón Brizuela dejó constancia de su abstención en la votación con respecto al Dictamen relacionado al mensaje por el cual la Intendencia Municipal remite, para estudio y aprobación, el pedido de Reprogramación Presupuestaria para la Dirección General de Gestión y Reducción de Riesgos de Desastres, por un monto total de Gs. 4.500.000.000, debido a que hasta la fecha la Intendencia no ha presentado un informe pormenorizado del gasto de más de 11 mil millones de guaraníes en la Dirección de Gestión de Riesgos y Desastres.

Por otra parte, el concejal Ullón votó a favor de la minuta del concejal Orlando Fiorotto, por la que se dispone la reasignación de funciones de los empleados municipales, con el fin de que presten servicios en la Dirección de Seguridad, de modo a fortalecer la seguridad en los cementerios, sea tratada sobre tablas y aprobada con carácter resolutivo.

Así también, el concejal votó a favor de otra minuta del concejal Fiorotto que solicita que se otorgue la distinción de Hijo Dilecto de la Ciudad de Asunción al Dr. Abog. Juan Antonio Almirón Riveros.

Por otra parte, Ullón explicó la importancia de remitir a la Comisión de Legislación la minuta presentada por varios concejales por el que se dispone la prórroga del mandato por hasta 1 (un) año de los intendentes y concejales municipales de todos los Distritos de la República, quienes seguirán en el ejercicio del cargo con todas sus prerrogativas, hasta la asunción de las nuevas autoridades electas en el año 2021 y, en tal sentido, solicitan al Pleno de la Corporación que se expida con relación al tema en cuestión.

“Actualmente tenemos el grave problema en cuanto a la legitimidad de las acciones de la Presidencia de la Junta Municipal con respecto a ser Ordenador de Gastos y a realizar las adquisiciones y si se suma esta medida se acrecentará más la legitimidad de las acciones de la Presidencia de la Junta, por lo que expliqué corresponde remitir a la Comisión de legislación o hacer una consulta vinculante a la Justicia Electoral”, expresó.

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Sesión extraordinaria de la Junta Municipal 5 de noviembre

Durante la sesión extraordinaria de la Junta Municipal de Asunción, el concejal Julio Ullón Brizuela solicitó el tratamiento sobre tablas y su aprobación con carácter resolutivo de la minuta que presentó sobre un reclamo de los integrantes de la comunidad educativa de la Escuela Básica Gral. Patricio Escobar, quienes manifestaron al concejal que tienen un grave problema con los desechos y el agua servida que tiran los vecinos en el perímetro de la institución y ya hicieron reclamos en ESSAP y la Dirección de Gestión Ambiental y no han tenido ecos favorables en su denuncia, por lo que Ullón pidió la aprobación con carácter resolutivo de la minuta relacionada con esta situación.

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Sesión extraordinaria 29 de octubre

En la sesión extraordinaria de la Junta Municipal de Asunción, el concejal Julio Ullón Brizuela solicitó el tratamiento sobre tablas y la aprobación con carácter resolutivo de la modificación del calendario de eventos publicados por Contrataciones Públicas, referente a la licitación para la Contratación de Seguros para el edificio del Instituto Municipal de Arte y flota de camiones de la Dirección de Servicios Urbanos.

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Sesión extraordinaria 22 de octubre

Durante la sesión extraordinaria de la Junta Municipal se dio la bienvenida al concejal Víctor Hugo Julio Peralta, quien sustituye al concejal Augusto Wagner.

En la ocasión el concejal Julio Ullón Brizuela decidió votar por la toma de nota de la recisión del Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional “Proyecto Primer Corredor Metropolitano del Transporte Público METROBÚS o BRT, firmado entre la Municipalidad de Asunción y el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.

Ullón habló sobre las funciones y atribuciones de los concejales, dentro de las cuales no está el aprobar recisiones de convenios tanto de procesos licitatorios como de procesos interinstitucionales y recordó a la Junta que ya hemos sentado un precedente anteriormente en la propia Junta en otro proceso licitatorio. En ese sentido el concejal Ullón recomendó seguir ese mismo camino, específicamente con el caso Parxin, en el que se tomó nota de la recisión de contrato.

“Aprobando una recisión de un convenio interinstitucional nos estaríamos excediendo en nuestras atribuciones al aprobar una recisión de un convenio interinstitucional, por eso voté por tomar nota del convenio”, expresó.

También solicitó el tratamiento sobre tablas del mensaje por el que se remite el Pliego de Bases y Condiciones del proceso de la Licitación Pública Nacional N° 08/2019, para la “Contratación de Seguros para el edificio del Instituto Municipal de Arte y flota de camiones de la Dirección de Servicios Urbanos”, debido a la modificación del calendario de eventos publicado en el SICP

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Sesión extraordinaria 15 de octubre

Durante la sesión extraordinaria de la Junta Municipal el concejal Julio Ullón Brizuela propuso que a la solicitud de Declaración de Emergencia por los constantes incendios en Asunción, presentado por la Dirección General de Gestión y Reducción de Riesgos de Desastres, se añada al articulo 2 del dictamen la obligatoriedad de la emisión de informes quincenales sobre la gestión de la Intendencia mientras dure la declaración de emergencia y un informe final sobre la gestión en un plazo no mayor a 15 días luego de terminada la situación de emergencia.

El concejal Ullón explicó que su moción es en atención a la falta de información y la violación al artículo 2 de la Ley N° 2615 que crea la Secretaría Nacional de Emergencia, durante la pandemia del covid-19 y la epidemia del dengue. En la ocasión he votado por la transparencia.

Asimismo, solicitó que vuelva a las comisiones el dictamen relacionado con el Mensaje N° 777/20 S.G., a través del cual la Intendencia Municipal remite, para estudio y homologación, las Resoluciones N° 859/2020 I. y Nº 873/2020 I., referentes a la autorización correspondiente para la Unidad Operativa de Contrataciones N° 3, para proseguir con los trámites pertinentes para la ampliación del contrato principal, en cuanto al monto y plazo de la obra, suscrito con la empresa adjudicada con la Licitación Pública Nacional para las obras de “Pavimento hidráulico en varios sectores de la Ciudad de Asunción”; debido a que no reúne los requisitos del artículo 72 y no puede ser considerado de interés público debido a que el interés público debe ser la realización de un nuevo llamado a licitación para la mejora de los costos.

Por otra parte, ante el dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, con relación al memorándum de la Intendencia Municipal que remite el dictamen técnico en relación a la oferta recibida de varias instituciones financieras para la operación de financiamiento temporal de caja, autorizada por la Ordenanza N° 304/2020, el concejal Ullón explicó que no existe en el Presupuesto 2020 previsión presupuestaria para honrar el préstamo así como establece la Carta Orgánica Municipal y yendo al presupuesto del 2021, señaló que la Intendencia remitió un presupuesto donde solamente está previsionando 264.000 millones de guaraníes para el pago del servicio de la deuda.

“Es decir, en base a la información que la propia Intendencia remitió a la Junta Municipal, clara y enfáticamente está declarando que solamente cuenta con ese monto para pagar todo el servicio de la deuda de la Municipalidad para el ejercicio 2021, violando el artículo 196 donde se establece claramente que los límites del endeudamiento estarán determinados por la capacidad institucional de pago y las previsiones de su presupuesto”, manifestó.